El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Almería dicta la ejecución forzosa de la demolición de "El Algarrobico de Mojácar" la obra ilegal cumbre del político garruchero , Nicolás Piñero Galindo
Es sabido que el Ayuntamiento de Mojácar
tiene estrechos vínculos con el conocido infractor urbanístico NICOLÁS PIÑERO GALINDO, político del PSOE de
Garrucha. Sus amigos, los ex alcaldes
SALVADOR ESPARZA PEDROL y GABRIEL
FLORES MORALES, le concedieron una licencia urbanística a sabiendas de su
ilegalidad. No contento con la licencia de por sí irregular, el promotor PIÑERO , amparado por el Ayuntamiento , le
sumo a la construcción una altura más,
lo que dio como resultado una auténtica mole de cemento, conocida popularmente
como “ El Algarrobico de Mojácar” (subiendo al pueblo , a 150 metros mire a la
izquierda) que infringe todas las normas
urbanísticas vigentes. Fueron tantas las irregularidades que el
Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 de Almería declaró la obra ilegal
y ordenó su demolición. El TSJA confirmó la sentencia (Sentencia 428/2008).
La alcaldesa de Mojácar ROSA MARIA CANO fue socia de gobierno del mentor político de PIÑERO, DON GABRIEL FLORES MORALES máximo Héroe del Pelotazo Urbanístico de Mojácar. Quizás esos profundos lazos decidieron a Doña Cano a hacer la vista gorda a una veintena de escritos que solicitaban la ejecución de la sentencia judicial. Ahora, a instancias de un vecino afectado, el propio Juzgado que dictó la Sentencia le conmina a través de una ORDEN DE EJECUCION FORZOSA a que haga efectiva la demolición.
La alcaldesa de Mojácar ROSA MARIA CANO fue socia de gobierno del mentor político de PIÑERO, DON GABRIEL FLORES MORALES máximo Héroe del Pelotazo Urbanístico de Mojácar. Quizás esos profundos lazos decidieron a Doña Cano a hacer la vista gorda a una veintena de escritos que solicitaban la ejecución de la sentencia judicial. Ahora, a instancias de un vecino afectado, el propio Juzgado que dictó la Sentencia le conmina a través de una ORDEN DE EJECUCION FORZOSA a que haga efectiva la demolición.
Doña Rosamary,
consciente del historial prevaricador existente, tal vez percibiendo
que algo huele a chamusquina y puede tener que ver con su propia anatomía
(y la de otros funcionarios involucrados), convocó una reunión de urgencia de la Junta de
Gobierno y trasladó al infractor la orden de demolición, ¡cinco años después de ganar
firmeza la sentencia judicial!. Sabe bien que con su continuada actitud
dilatoria y omisiva favoreció voluntariamente
a un político infractor urbanístico vinculado al Ayuntamiento. El artículo 108 de la Constitución Española,
el 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el 103.2 de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa, disponen la obligación de cumplir
las sentencias firmes de Jueces y Tribunales. La Señora Alcaldesa tiene todo el
verano para intentar pensar como justificará
su conducta.
Queremos saber porque omitió a sabiendas sus deberes de funcionario público, guardando deliberadamente en un cajón una sentencia judicial firme que dictaba la demolición de una obra ilegal.
Queremos saber porque omitió a sabiendas sus deberes de funcionario público, guardando deliberadamente en un cajón una sentencia judicial firme que dictaba la demolición de una obra ilegal.
El responsable del Servicio de Disciplina
Urbanística del Ayuntamiento de Mojácar, que desde hace mas de 10 años tiene una inexplicable
conducta contemplativa y generosa con todas
las obras ilegales del político infractor, el arquitecto del Ayuntamiento, que
avaló con sus informes una licencia con
pleno conocimiento de que se
infringía abiertamente la legalidad urbanística, y por supuesto el conocido arquitecto
que fue director y responsable de la macro obra ilegal, sin
duda también comentaran que en el CASO PIÑERO la justicia tiene ( y tendrá) algo que decir...
El denunciante ha trasladado las irregularidades
urbanísticas existentes en Mojácar a diversos medios de comunicación. Ha sido amenazado y coaccionado reiteradamente . Su vehículo y vivienda sufren continuamente
daños intencionados. Responsabiliza expresamente
a los políticos denunciados y a la máxima autoridade del Ayuntamiento de Mojácar de
cualquier “desgracia“ que
pudiera ocurrirle en lo sucesivo.